ENVIO CERTIFICADO CUENTA BANCARIA En relacción a la carta enviada a todos los acreedores incluidos en la masa concursal el pasado 3 de Junio, queremos hacer la siguiente aclaración:
1. Cada acreedor, debe enviar un original del certificado bancario de la titularidad de su cuenta donde se indiquen los siguientes datos :
2. Dicho certificado debe enviarse por correo ordinario a :
todo ello antes del dia 18 de Junio. El dia 30 de Junio, se abonará mediante transferencia bancaria a la cuenta que han indicado, el % establecido en el convenio para esta pago, que corresponde al 3% del total de la deuda ordinaria. El resto de la deuda, hasta llegar al 85% se abonara segun lo indicado en el convenio aprobado por el Juzgado.
*** PLODER UICESA - Mayo 2011 ***
SALIDA DE LA SITUACION CONCURSAL : Con fecha 30 de Mayo de 2011, el Juzgado de lo Mercantil nº 9 de Madrid, emitio sentencia por el que se aprueba definitivamente el convenio concursal presentado el pasado 8 de Abril de 2010, se cesan a los administradores concursales en su cargo, y se declara conclusa la Fase Común del Concurso.